Atención, en una entrevista con Noticias Caracol, habló Jorge Iván González, El director de Planeación Nacional, sobre las claves del Plan Nacional de Desarrollo: Colombia, potencia mundial de la vida.
Asimismo, El director de Planeación Nacional, habló de las inversiones 2022 – 2026, por un total de $1.154,8 billones, en el cuál, el punto seguridad humana y justicia social, están en gran parte los programas sociales, por lo cual, lleva la mayor inversión.

Las transferencias tienen como finalidad apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales.
Por lo tanto hablan de una base de datos universal, RUI, para organizar mejor los subsidios, es aparte del Sisbén IV, esta sistema ayudaría a identificar a los hogares que por algún motivo necesitan de esta apoyo, ya que a pesar de pertenecer a un estrato, están pasando momentos difíciles.

Atención:
Por eso queremos avanzar, lo ideal para poder ordenar, es crear un registro universal de ingresos. PARA ORDENAR TODOS LOS SUBSIDIOS, por que hay hogares que reciben más subsidios de lo que necesitan, a lo que llamamos error en la inclusión o la inversa error de exclusión, que es cuando los hogares que lo necesitan no lo reciben. Director del DNP.
Ahora, ya más adelante el Departamento Nacional de Planeación, DNP, estará comunicando todo al respecto.
Por lo tanto, Prosperidad social, que será la encargada de administrar los subsidios, los programas sociales, pronto estará anunciando todo este proceso que viene para este cuatrienio del presidente Gustavo Petro.
ARTÍCULO 55. REGISTRO UNIVERSAL DE INGRESOS.
Créese el Registro Universal de Ingresos -RUI- administrado por el Departamento Nacional de Planeación -DNP- con el propósito de determinar la focalización de los subsidios, programas,
políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social.
Para la consolidación del Registro Universal de Ingresos -RUI-, el Departamento
Nacional de Planeación -DNP- podrá usar los datos recopilados de fuente primaria de
los que se alimenta el Registro Social de Hogares -RSH, así como la autodeclaración
de información de ingresos y socioeconómica de personas y hogares.
La autodeclaración se realizará a través de los instrumentos que disponga el
Departamento Nacional de Planeación -DNP-, y el tratamiento de la información allí
contenida se administrará de conformidad con lo previsto en las Leyes 1266 de 2008,
1581 de 2012, 1712 de 2014, 2157 de 2021 o las normas que las modifiquen.
Para efectos de la gestión y actualización del RUI, cuando el Departamento Nacional
de Planeación -DNP-, en ejercicio de las funciones previstas en el presente artículo
requiera información de entidades públicas o privadas, no le será oponible el carácter
reservado de la información de conformidad con lo previsto en el artículo 27 del Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
En todo caso el Departamento Nacional de Planeación –DNP- debe asegurar la reserva de las
informaciones y documentos que llegue a conocer.
En desarrollo del inciso anterior, y sin perjuicio de lo previsto en los artículos 18 y 19
de la Ley 1712 de 2014, previa la celebración de un convenio que garantice la reserva
y la integridad de la información y solo para los fines previstos en el presente artículo,
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- compartirá con el
Departamento Nacional de Planeación -DNP-, la información de las declaraciones
tributarias, aduaneras y cambiarias, información exógena y la información del sistema
de factura electrónica de que trata el artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
El algoritmo para la estimación de ingresos y toda la información que integra el Registro
Universal de Ingresos -RUI- y el registro Social de Hogares -RSH son reservados. El
Gobierno nacional por intermedio del Departamento Nacional de Planeación
reglamentará el Registro Universal de Ingresos -RUI- asegurando la simplicidad,
accesibilidad, interoperabilidad y el uso de herramientas tecnológicas para el reporte.
La información del Registro Universal de Ingresos -RUI-, se actualizará
permanentemente de acuerdo con la periodicidad con que se actualicen los registros,
la cual no superará la vigencia de un (1) año.
Corresponde a las entidades territoriales gestionar la información de fuente primaria
de escala territorial que de acuerdo con las condiciones previstas por el DNP deba
reportarse en el Registro Social de Hogares.
El Gobierno nacional determinará el plazo en el que el Registro Universal de Ingresos
-RUI será el único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas,
planes, proyectos y servicios de la oferta social.
Antes de ese plazo, el Registro Universal de Ingresos -RUI- será un instrumento complementario a los existentes dispuestos para estos fines y por lo tanto deberá guardar consistencia con los mismos y con los criterios de focalización existentes.
Lo dispuesto en este artículo se sujetará a las disponibilidades presupuestales, el
Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
“Renta Ciudadana”, atención Colombia confirmado, así se llamará el nuevo programa a nivel nacional, y se creará a partir de la entrada en vigencia de la ley ( este mismo año), con el cuál el Gobierno Nacional, apoyará a los hogares en pobreza extrema, pobreza y Vulnerabilidad.