¡Atención Colombia Mayor Fecha De Pago!
3 de Octubre, 2022 | Por : Wintor ABC
Dios los bendiga, información de pagos para la nómina de Septiembre de Colombia mayor, oficialmente comunicada por DPS, desde el miércoles 5 de octubre estará disponible la transferencia monetaria, para los beneficiarios del programa Protección Social al Adulto Mayor (Colombia Mayor).
Este subsidio para nuestros abuelitos de Colombia mayor, iniciará pagos oficiales a partir del próximo miércoles por el valor de $80.000, el pago se realizará igual que siempre a través de los operadores de pagos SuperGIROS y SuRED aliada.
“Hacemos un llamado a los beneficiarios del programa para que, en el punto de pago, manifiesten específicamente la intensión de cobrar el subsidio del programa Colombia Mayor. Así pueden evitar posibles confusiones con otros programas o servicios que ofrece el operador”.
En este ciclo se beneficiarán más de 1,6 millones de adultos mayores en todo el país. Todos recibirán 80.000 pesos, que estarán disponibles hasta el próximo 19 de octubre.
El retiro de este incentivo se podrá hacer en los más de 27.000 puntos del operador Matrix SURED y sus aliados, que están encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país. En el siguiente enlace está el listado de los puntos de pago por municipio: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2022/Colombia-Mayor/Puntos-de-Pago.pdf
El Gobierno Nacional ha dispuesto más de 139.000 millones de pesos para garantizar el pago de este ciclo a todos los participantes. Los departamentos con más pagos programados para este ciclo son Antioquia (170.719 beneficiarios), Valle del Cauca (139.202), Bolívar (95.201), Nariño (93.019) y Córdoba (88.913).
TENGA EN CUENTA:
1. El beneficiario debe acercarse al operador de pago SuRED y aliados, con el original de la cédula de ciudadanía.2. La suma total del pago para el mes de mayo es de ochenta mil pesos m/te $(80,000) para cada beneficiario.3. El cobro a través de terceros autorizados:– El cobro del subsidio a través de un tercero autorizado por el beneficiario, solo se podrá llevar a cabo por medio de poder autenticado ante juez o notario con una vigencia no mayor a treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su autenticación.– Cédula de Ciudadanía en original y copia del Adulto Mayor beneficiario.– Cédula de Ciudadanía en original y copia del tercero autorizado.
Por ahora, todavía se manejan los mismos criterios de focalización, La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta
Bueno, ya ustedes conocieron el enfoque que El Presidente Gustavo Petro quiere para estos programas sociales, nos queda esperar para saber cómo se va a desarrollar, aquí les voy trayendo poco a poco información, claramente Petro dice: que el tiempo que duren las mamitas cuidando a sus hijos también va a ser contado como una pensión o sea ese tiempo se va a conmutar, ¿pero como lo van a dar?, y a los abuelitos de Colombia mayor, esperemos que sea así, y que todo esto se lleve a cabo ya pasaría de 80 mil pesos, pasaría a medio salario mínimo sea quedarían 500 mil pesos para nuestros abuelitos.
Por consecuente, va a ser un ingreso básico vital, eso es lo que está en el programa de gobierno, de Gustavo Petro y va a centralizarse en las mujeres madres cabezas de hogar y los abuelos de Colombia mayor, que realmente me parece muy bueno ese punto de vista, que los abuelos que no pueden ya trabajar de 70 años, que ya nunca se pudieron pensionar y segundo buena calidad de vida que necesitan un apoyo y eso sería muy bueno.
Para ser beneficiario debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
- De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
- Atentos adultos mayores, si no ha actualizado su sisbén III, ( puntaje 0, y 43,63) podrá acercarse a la alcaldía de su municipio con su cédula y solicitar aún la inscripción hasta el próximo 30 del presente mes.
A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los Criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:
La edad del aspirante.
El resultado del SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.
La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
Personas a cargo del aspirante.
Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.
Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.
Fecha de solicitud de inscripción al programa.
Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.
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