Familias en Acción, urgente que consulten con los enlaces municipales de Prosperidad Social, su estado dentro del programa, hay 3, inscrita, aplazada y anulada, para los que realizaron el proceso de inscripciones.
Por lo tanto, los beneficiarios de Familias en Acción, es importante que verifiquen con su municipio, en las Alcaldías, o los enlaces, según se de su estado, las fechas y novedades que manejan, para que puedan llevar la documentación que necesitan entre las fechas y horarios establecidos.
Por otro lado, los enlaces municipales de Prosperidad Social, han compartido listados de hogares que deben realizar la subsanación de inconsistencias para su permanencia dentro del programa.
Información Familias en Acción:
Contrato social: documento que firma la persona titular de la familia al momento de la inscripción para su vinculación voluntaria al programa Familias en Acción, en el cual se definen las declaraciones y obligaciones adquiridas por la persona titular, así como las autorizaciones para el tratamiento de datos personales y en donde bajo la gravedad del juramento se declara la veracidad de la información.
Corresponsabilidad: se entiende como la responsabilidad compartida entre el Gobierno nacional, las entidades territoriales y las familias vinculadas, quienes asumen una serie de compromisos para la implementación y operación del programa Familias en Acción y el logro de los objetivos establecidos.
Directorio Único de Establecimientos Educativos – DUE: es la herramienta por la cual cada Secretaría de Educación podrá realizar eficientemente la administración de sus establecimientos educativos y el reporte de las novedades al Ministerio de Educación Nacional.
Componentes del programa
Componentes del programa Familias en Acción fase IV. El programa Familias en Acción orientará sus acciones a la formación de capital humano y fortalecimiento de competencias ciudadanas y comunitarias de los hogares en situación de pobreza y pobreza extrema, mediante dos componentes estructurales: 1) La entrega de transferencias monetarias condicionadas, 2) Bienestar comunitario.
Transferencias Monetarias Condicionadas:
El componente de transferencias monetarias condicionadas tiene como propósito incentivar las asistencias a las atenciones integrales en salud y el fomento de la educación básica y media de los NNA y Jóvenes hasta los 20 años de las familias vinculadas, quienes adquieren los siguientes compromisos y condicionalidades con su vinculación al programa y como requisito para acceder a la liquidación:
Condicionalidades en salud. A través de la cual se promueve:
Que los niños y niñas menores de 6 años integrantes de la familia cuenten con una vinculación a una Institución Prestadora de Salud – IPS habilitada por el MSPS, en estado Activo.
Y/o Que los niños y niñas menores de 6 años integrantes de la familia asistan a alguna de las atenciones integrales de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud- RIAPMS de conformidad con los rangos de edad para el cumplimiento de las atenciones establecido en la Resolución 3280 de 2018 del MSPS o la norma que la modifique o sustituya.
Condicionales en educación:
A través de la cual se promueve: 12.2.1. Que los NNA entre 5 y 17 años, y los jóvenes entre 18 y 20 años, integrantes de la familia, que se encuentren cursando los grados 10° (máximo 19 años) y 11° (máximo 20 años) cuenten con matrícula en Establecimiento Educativo -EE registrado en el DUE, en los grados entre 0° a 11°.
Y/o que los NNA entre 5 y 17 años, y los jóvenes entre 18 y 20 años, integrantes de la familia, que se encuentren cursando los grados 10° (máximo 19 años) y 11° (máximo 20 años) asistan al 80% de clases realizadas por el EE, en los grados entre 0° a 11°.
Articulo 13. Bienestar comunitario. El componente de bienestar comunitario tiene como propósitos fortalecer las competencias ciudadanas y comunitarias de los participantes, e impulsar las capacidades individuales y colectivas para la superación de la pobreza, dirigido entre otros, a la contribución de la prevención del embarazo en la adolescencia y la formación para titulares, a través de acciones en las siguientes líneas:
13.1. Línea de participación social.Busca promover y fortalecer las capacidades individuales y colectivas de las familias vinculadas y el conocimiento de los procesos operativos del programa, que generen actitudes y un rol activo de estas familias frente a la búsqueda de su propio bienestar y el fortalecimiento del tejido social de la comunidad.
13.2 Línea de articulación institucional.Por medio de la cual se gestiona y articula el acceso a oferta social en salud, educación y complementaria, en función de los objetivos y condicionalidades del programa Familias en Acción.
Parágrafo: el programa implementará el componente de Bienestar Comunitario con enfoque diferencial, curso de vida, género, étnico y discapacidad.
Inscripción de las familias vinculadas al programa Familias en Acción:
El proceso de inscripción inicia con la conformación de la base datos de potenciales hogares participantes, programación de las convocatorias de inscripción, presentación de la persona que se registrará como titular y registro de la información de la inscripción en el SIFA, finalizando con la revisión y validación por parte de Prosperidad Social.
Resultado del proceso de validación, la familia quedará registrada en SIFA en los estados inscrito, aplazado o anulado.
Estados de la inscripción de la familia: corresponde a la clasificación de las familias que realizaron el proceso de inscripción voluntaria al programa Familias en Acción.
- Inscrita: familia que surtió exitosamente el proceso de validación de su inscripción.
- Aplazada: familia que no ha surtido exitosamente el proceso de validación de su inscripción, y se encuentra pendiente de subsanar las no conformidades presentadas.
- Anulado: estado que se le otorga al registro de inscripción de una familia generado por el no cumplimiento de los criterios de ingreso al programa definidos en la presente resolución.
Estado de los registros dentro del ciclo operativo: corresponde a la clasificación que se le otorga a las familias y a sus miembros en cada ciclo operativo previo a la liquidación de la transferencia monetaria condicionada.
- Activa: familia o miembro de esta que cumple con los criterios de permanencia y que puede acceder a alguno de los incentivos otorgados por el programa en el periodo liquidado.
- Suspendida: familia o miembro de esta que, por procesos operativos, de control y depuración de datos de la información o por mejoramiento de las condiciones socioeconómicas, es objeto de revisión por parte del programa.
- Retirada: estado de la familia o miembro de esta que finaliza su participación en el programa por cumplir alguno de las condiciones de salida del programa.
Grupo umbral: se define como el grupo de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.
El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18.
Hogar: es aquel que está constituido por una persona o un grupo de personas, parientes o no, que ocupan la totalidad o parte de una unidad de vivienda y que atienden necesidades básicas con cargo a un presupuesto común (literal e, artículo 2.2.8.1.4 Decreto 1082 de 2015). Para efectos de la presente resolución no se considera parte de un hogar a los pensionistas ni los empleados domésticos y sus hijos.
Infancia: de conformidad con el artículo 3 del Código de Infancia y Adolescencia «(…) se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años (…)».
Municipios no certificados: son aquellos que no pueden demostrar la capacidad necesaria para administrar el servicio público de salud o educación (Sistema General de Participación Ley 715 de 2001).
Novedad: proceso operativo por medio del cual se modifican, actualizan o corrigen la información de las familias inscritas o de alguno de sus miembros.
Primera infancia: es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años de edad (artículo 29 de la Ley 1098 de 2006).
Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales – SISBEN. es un instrumento de la política social, para la focalización del gasto social, el cual utiliza herramientas estadísticas y técnicas que permiten identificar y ordenar a la población, para la selección y asignación de subsidios y beneficios por parte de las entidades y programas con base en las condiciones socioeconómicas en él registradas (artículo 2.2.8.1.1 Decreto 1082 de 2015).
Titular de la familia: es elrepresentante de la familia ante el programa, quien firma el contrato social en el momento de su vinculación voluntaria a Familias en Acción. Se caracteriza por ser la persona quien tiene bajo su responsabilidad el cuidado de los niños, niñas y adolescentes inscritos en Familias en Acción.
Transferencia Monetaria Condicionada: aportes del Estado otorgados, en carácter de subsidios directos y monetarios, a la población en situación de pobreza y de extrema pobreza(artículo 5 Decreto 812 de 2020) condicionados al cumplimiento de compromisos de corresponsabilidad.
Artículo 3. Fuentes de información. El programa Familias en Acción hará uso de las bases de datos y fuentes de información que disponen las siguientes entidades para su funcionamiento:
- Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas – UARIV
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF
- Departamento Nacional de Planeación – DNP
- Ministerio del Interior
- Registraduría Nacional del Estado Civil – RNEC
- Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS
- Ministerio de Educación Nacional – MEN
- Autoridades indígenas reconocidas por el Ministerio del Interior
Parágrafo: el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social podrá hacer uso de otros registros administrativos de entidades del orden nacional y territorial que se requieran.
Artículo 4. Unidad de intervención. En cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 5 del Decreto Legislativo 812 de 2020 se tomará al hogar como la unidad de intervención para la identificación, selección y asignación de la Transferencia Monetaria Condicionada otorgada por el programa Familias en Acción.
Parágrafo: la unidad de intervención podrá estar conformada por varias familias, las cuales serán identificadas en el proceso de inscripción al programa y participarán de conformidad con las disposiciones desarrolladas en esta resolución.
Artículo 5. Sistema de Información. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social utilizará el Sistema de Información de Familias en Acción – SIFA, mediante el cual se registrará, administrará y gestionará la información y estados asociados a la familia y a sus miembros en el curso del programa.
Condiciones de permanencia y de salida del programa
Condiciones de permanencia. Son criterios para determinar lacontinuidad del goce efectivo de los derechos de las familias vinculadas al programa:
- Que no exista pronunciamiento de autoridad competente que decrete un cambio de custodia o una medida transitoria de protección del NNA,
- Que se hayan cobrado cumplidamente las transferencias monetarias,
- Que el adolescente o joven que esté reportando cumplimiento de condicionalidades no se encuentre activo de manera simultánea en los programas Familias en Acción y Jóvenes en Acción,
- Que la persona titular y/o beneficiaria tenga una inscripción vigente en uno de los siguientes registros administrativos: Sisbén IV o listados censales indígenas entregados por la autoridad indígena reconocida por el Ministerio del Interior,
- Coherencia de la información contenida en los registros administrativos entre el SIFA y las demás fuentes de información de las entidades establecidas en el artículo 3,
- Vigencia del documento de identidad de las personas titulares y/o beneficiarias del programa,
- Que las condiciones sociales y económicas de las familias estén acordes a los criterios establecidos por el programa Familias en Acción, a través de la verificación con fuentes de información de las entidades establecidas en el artículo 3.
- La supervivencia de la persona titular.
Parágrafo 1: la verificación se efectuará a través de mecanismos que permitan identificar el cumplimiento de los criterios operativos.
Parágrafo 2: si el programa Familias en Acción identifica el incumplimiento de algún criterio operativo de permanencia ordenará la suspensión preventiva en el programa.
Parágrafo 3: las actuaciones para adelantar la suspensión de familias en el programa, se tramitarán conforme al procedimiento administrativo general establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo -CPACA. Paralelamente, el programa realizará acciones de búsqueda y acompañamiento a las familias para promover y facilitar la subsanación de la(s) causal(es) que originaron la decisión administrativa de suspensión.
Condiciones de salida. Son criterios para determinar la salida de familias vinculadas al programa Familias en Acción las siguientes:
Cumplimiento de metas:
- Cuando se demuestre que los NNA o joven de la familia completaron los ciclos de educación y salud o cuando el NNA o joven ha cumplido con la edad máxima permitida por el programa para su acompañamiento.
- Cuando se pruebe que la familia no cuenta con NNA o joven para realizar acompañamiento.
Criterios operativos: cuando transcurridos seis (06) meses contados a partir de la notificación del acto administrativo de suspensión no se hayan surtido las acciones correctivas necesarias para su levantamiento y las mismas sean imputables a la persona titular y/o beneficiaria y no exista medida administrativa de reemplazo que permita continuar con su participación en el programa.
- Retiro Voluntario de la persona titular de la familia: cuando la persona titular de la familia manifieste su voluntad de ser retirada del programa Familias en Acción.Cuando autoridad administrativa competente, decrete la existencia de una vulneración de derechos de los NNA pertenecientes a la familia.
- Cuando la familia beneficiaria haya suministrado información falsa para acceder al programa.
Consulte con DPS:
En la página de Prosperidad Social podían consultar, el inicio del proceso de las inscripciones a la Fase IV. https://prosperidadsocial.gov.co/sgpp/transferencias/familias-en-accion/
- Línea gratuita Nacional: 018000951100
2. Nueva línea de atención Prosperidad Social Bogotá: 601 379 1088
3. Mensaje de texto: 85594
4. WhatsApp: 3188067329
5. Video llamada con Prosperidad Social:
Esta es una opción para que usted puede hablar con un asesor cara a cara. Horario de atención es de lunes a viernes de 08:00A.M A 06:00 P.M y sábados de 08:00 A.M A 1:00 P.M: https://webcontact-cls45-dal.i6.inconcertcc.com/inconcert/apps/webdesigner/FormularioContactoDPS?token=C9FE1C14080A401AA6D3E38B61D8A111
6. Servicio de devolución de llamadas Prosperidad Social:
Esta es una opción muy importante que ustedes necesitan conocer, pero esto sucede una vez usted haya solicitado este servicio, por favor deben estar muy pendientes.
Si deseas que directamente nosotros te contactemos, registra tus datos a continuación y te devolveremos la llamada en nuestro horario de atención de lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y sábados de 8:00 am a 1:00 pm: https://nggly242.inconcertcc.com/DPSWebCallback/index.html
7. Asesor CHAT WEB de Prosperidad Social:
Nota: – Si tu solicitud requiere ser transferida a uno de los asesores del DPS, su horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Y sábados de 8:00am a 1:00pm
– Si abres el chat desde un dispositivo móvil, te recomiendo darle clic a los tres punticos y seleccionar modo o sitio escritorio para poder visualizar el chat web correctamente.
En la página de Prosperidad Social, https://prosperidadsocial.gov.co/ en la parte inferior le sale el icono de una muñequita, le dan clic, le va a pedir una serie de datos, tipo de documento, el número identificación, apellidos, correo electrónico, nombre, celular, número fijo, los datos personales, luego le das continuar.
8. Correo Oficial de Prosperidad Social:
Correo electrónico: [email protected]