Atención hogares, se dio a conocer el borrador del Plan de Desarrollo 2022-2026, donde detallan la ruta a seguir durante el periodo de Gobierno, tal como lo había anunciado El Presidente Gustavo Petro, están creando la Renta Ciudadana.
Asimismo en algunos artículos del borrador, que se dio a conocer, se puede detallar cómo y cuándo iniciaría esta Renta Ciudadana, recordarles que esta sería a nivel nacional.
Primero que todo, este documento es un borrador, según anuncian el lunes se estaría radicando ante el Congreso de la República y sabremos si, el documento final, quedo tal cuál y especialmente donde se especifica la Renta Ciudadana y las transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas.
Por lo tanto, indican que iniciaría a partir de la vigencia 2024, el cual armonizará los programas de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas y estará a cargo del Departamento para la Prosperidad Social.
Por consiguiente, la Renta Ciudadana estará a cargo del DPS, hará parte del Sistema de Transferencias y consistirá en la entrega de transferencias monetarias condicionadas y no
condicionadas de manera gradual y progresiva a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socioeconómica, con la finalidad de aportar a la superación de la pobreza y promover la movilidad social.
Ahora, mientras surte el proceso, y entra a debates, seguirán los programas Sociales y sus beneficiarios seguirán recibiendo las transferencias monetarias.
Presidente Gustavo Petro, Renta Ciudadana:
El bono a la madre por medio millón de pesos mensuales, busca sacar de la pobreza a dos millones de mamás cabeza de familia de la pobreza y de sacar a sus hijos de cualquier posibilidad de desnutrición. Es el comienzo de la renta ciudadana.
Cambia la filosofía de las transferencias de los anteriores gobiernos. No damos limosnas, sacamos de la pobreza. En el tiempo la transferencia se mantendrá si hay estudio y producción.
Artículos 46, 47, 48 del borrador, Plan de Desarrollo 2022-2026:
SISTEMA DE TRANSFERENCIAS.
Créese el Sistema de Transferencias bajo la dirección y coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social como el conjunto de políticas, programas, planes,
proyectos y actores, orientados a la entrega de transferencias monetarias y transferencias en especie.
Las transferencias tienen como finalidad apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales.
El Sistema de Transferencias está integrado por las siguientes modalidades de
transferencias:
Transferencia monetaria. Consiste en la entrega de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socio económica con la finalidad de aportar a la superación de la pobreza y promover la movilidad social.
Transferencia en especie. Consiste en la entrega de recursos en especie para garantizar el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, con enfoque de derechos, y con participación de las economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina, familiar y comunitaria.
PARÁGRAFO PRIMERO. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social tendrá la facultad de diseñar, definir, regular, ejecutar, realizar seguimiento y evaluación a los programas del sistema, así como reglamentar su operación, funcionamiento, criterios de ingreso, permanencia y salida.
Así como la concurrencia que pueda existir con los diferentes programas que administra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de acuerdo con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, los objetivos en términos de superación de pobreza, los lineamientos del Gobierno nacional y los que determine la Mesa de Equidad.
En todo caso el sistema de transferencias monetarias propenderá por la focalización adecuada de las diferentes modalidades del sistema, con el propósito de reducir la pobreza y la desigualdad de los ingresos.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El sistema de transferencias contará con un acompañamiento que promueva el fortalecimiento de capacidades y el acceso prioritario y preferente a la oferta social del Estado, de conformidad con las necesidades de los participantes de los programas en los términos que defina el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
PARÁGRAFO TERCERO. El Gobierno nacional proveerá anualmente los recursos para atender los costos de los programas del Sistema de Transferencias, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Revístese de facultades al Presidente de la República por el término de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para expedir decretos con fuerza de ley, con el fin de modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción e incorporarlos al Sistema de Transferencias de que trata el presente artículo. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política.
CREACIÓN DEL PROGRAMA DE RENTA CIUDADANA.
Créase, el programa de Renta ciudadana a partir de la vigencia 2024, el cual armonizará los
programas de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas a cargo
del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS-.
La Renta Ciudadana estará a cargo del DPS, hará parte del Sistema de Transferencias y
consistirá en la entrega de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas de manera gradual y progresiva a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socioeconómica, con la finalidad de aportar a la superación de la pobreza y promover la movilidad social.
Los recursos para la ejecución de este programa deberán estar de acuerdo con las
disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de
Gasto de Mediano Plazo.
PARÁGRAFO PRIMERO. La focalización, montos, criterios de ingreso y
permanencia serán puestos en consideración de la Mesa de Equidad o quien haga
sus veces.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS- contará hasta el 31 de diciembre de 2023 para definir, reglamentar, e implementar la armonización de los programas de transferencias monetarias existentes.
Los beneficiarios de los programas actuales continuarán recibiendo los beneficios durante este proceso.
CREACIÓN DE LA TRANSFERENCIA EN ESPECIE “HAMBRE
CERO”.
Créase la transferencia en especie “hambre cero” que hará parte del Sistema de Transferencias, la cual estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, que consiste en la entrega de recursos en especie para garantizar el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, con enfoque de derechos, soberanía alimentaria, participación de las economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina,
familiar y comunitaria.
Los recursos para la ejecución de esta transferencia deberán estar de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social reglamentará su
operación y funcionamiento.
Ruta a seguir del Plan de Desarrollo:
Opiniones de la Renta Ciudadana:
Unos comentarios al borrador del articulado del Plan de Desarrollo en los programas sociales y de transferencias monetarias que plantea. Ojalá contribuyan al debate.
1) Ingreso Solidario probó ser efectivo en la reducción y/o contención de la pobreza en la Pandemia para 3.8 millones. En respuesta, se creará una nueva “Renta Ciudadana” pero solo hasta 2024. Los hogares más pobres (Sisbén A) deberían contar con un apoyo durante este año.
2) Preocupa que una respuesta a la alta inflación que afecta a los hogares más pobres deba esperar tanto tiempo: expedición Ley + (hasta) 6 meses que se otorgan en facultades (Decretos-Ley) al presidente para modificar los programas Familias en Acción y Jóvenes en Acción.
3) Ojalá se contemplen ampliaciones de cobertura más inmediatas vía el actual Familias en Acción, utilizando las nuevas inscripciones ya hechas en los 2 años anteriores. Hoy en Familias en Acción, solo tiene 1.8 millones de familias activas, el cupo es de 2.6 millones de familias…y sigue cayendo.
4) La “Renta Ciudadana” si bien es un buen norte, carece en la propuesta de un *modelo operativo* que vía Ley le permita utilizar los grandes avances de Ingreso Solidario en inclusión financiera, gratuidad y garantía de protección al usuario, entre otros.
5) El programa “Hambre Cero” busca entregar subsidios en especie a los más necesitados, ojalá se mire al “PAE” del Ministerio de educacion y se incluyan en su diseño los retos que entregar alimentos le implica al Gob Nacional.
6) El país tiene una tasa de informalidad alta, darle “Reserva de Ley” al algoritmo de estimación del ingreso de los hogares, y por ende base de focalización de subsidios, deja al ciudadano sin herramientas de defensa frente a errores de inclusión/exclusión en los programas.
7) Ojalá estos breves comentarios a un documento que -si bien es borrador- muestra hacia dónde van los programas sociales, sirvan para enriquecerlo por vía del debate público.
En ese sentido, podemos ver en este documento que para este 2023, el Gobierno Nacional en conjunto con las entidades encargadas están re-diseñando la política social, de los programas sociales, con nuevos montos y nuevas focalizaciones, con el fin de que lleguen a quienes realmente lo necesiten.
Asimismo, la entidad a cargo de los programas sociales, y en conjunto con la mesa de equidad, serán quienes definirán los criterios de entrada, permanencia y salida de los beneficiarios, así como los punta-je del Sisbén.
Ahora, es importante que mantengan actualizado su Sisbén, ya que es la base fundamental para que sean seleccionados dentro de algún programa del DPS, ya que este es el departamento encargado de los programas sociales.
De otro modo, el Gobierno Nacional, propone está Renta ciudadana a las familias que están en pobreza extrema y pobreza y vulnerabilidad socioeconómica, teniendo en cuenta que se enfocan principalmente a las mujeres madre cabeza de familia, niños, niñas y adolescentes, campesinos, indígenas, entre otros, claramente tomando la fuente principal de focalización que es el Sisbén.
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De manera, que a penas anuncien cualquier otra novedad, les estaremos informando, sobre la Renta Cuidadana.