“Renta Ciudadana”, atención Colombia confirmado, así se llamará el nuevo programa a nivel nacional, y se creará a partir de la entrada en vigencia de la ley ( este mismo año), con el cuál el Gobierno Nacional, apoyará a los hogares en pobreza extrema, pobreza y Vulnerabilidad.
Ayer lunes fue radicado en el Congreso de la República, el programa de Gobierno del Presidente Gustavo Petro y la Vicepresidenta Francia Márquez, que tiene como objetivo sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida.
Por lo tanto, El Gobierno Nacional radicó, Colombia, potencia mundial de la vida, el programa de Gobierno que define las metas a corto, mediano y largo plazo, y cuyo objetivo consiste en:
“sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida, a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestra forma de relacionarnos con el ambiente, y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza”.
Para tener en cuenta, este Proyecto debe seguir su proceso en los tiempos estipulados para convertirse en ley, por ende entrará a debates y demás lineamientos que estipulan, para que entre en vigencia oficialmente, entre ellos, La Renta Ciudadana, más abajo les compartimos el cronograma.
Ademas, por lo que han comunicado en días anteriores, en busca de realizar una depuración y transformar los programas sociales, van a establecer, un solo programa La Renta Ciudadana, que armonice las transferencias monetarias, tanto condicionadas, como no condicionadas.
Por consiguiente, la Renta Ciudadana estará bajo la dirección y coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social como el conjunto de políticas, programas, planes, proyectos y actores, orientados a la entrega de transferencias monetarias y transferencias en especie.
Ahora, Prosperidad Social muy seguramente se pronuncie para detallar mas profundamente este programa de La Renta Ciudadana.
Por consecuente, mientras entre en vigencia La Renta Ciudadana, seguirán los demás programas Sociales y sus beneficiarios seguirán recibiendo las transferencias monetarias, ya los montos y cronogramas, los comunicarán en debido momento.
Asimismo les traemos detalles del documento PND, donde se encuentra este proyecto La renta Ciudadana.
Programa de Renta Ciudadana
Para avanzar hacia una protección universal de la población es necesario priorizar la
atención de los más pobres y vulnerables de manera gradual y focalizada, bajo principios de integralidad, efectividad y eficiencia. Se establecerá un solo programa Renta Ciudadana que armonice las transferencias monetarias tanto condicionadas como no condicionadas.
El diseño del programa tendrá como ejes el hogar, el ciclo de vida de cada uno de sus integrantes, y un enfoque de género y diferencial.
El monto de la transferencia tendrá un componente condicionado (para los hogares que cuenten con niños, niñas y adolescentes dependerá de la asistencia escolar y del acceso periódico a los centros de salud), y de otro no condicionado.
Dicho monto dependerá del número de integrantes del hogar y de la clasificación socioeconómica del hogar de acuerdo con el Sisbén o del instrumento de focalización que haga sus veces.
El programa de Renta Ciudadana se complementará con un componente transversal de bienestar comunitario que busca mejorar las capacidades individuales y colectivas de los hogares beneficiarios.
El cumplimiento de las condiciones de permanencia de los hogares será evaluado periódicamente de acuerdo con los plazos que establezca el Gobierno Nacional. Los criterios de condicionalidad se pueden ir cambiando, en función de los avances del programa.
ARTÍCULO 51. SISTEMA DE TRANSFERENCIAS.
Créese el Sistema de Transferencias bajo la dirección y coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social como el conjunto de políticas, programas, planes, proyectos y actores, orientados a la entrega de transferencias monetarias y transferencias en especie.
Las transferencias tienen como finalidad apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales.
El Sistema de Transferencias está integrado por las siguientes modalidades de
transferencias:
1. Transferencia monetaria. Consiste en la entrega de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socio económica con la finalidad de aportar a la superación
de la pobreza y promover la movilidad social.
2. Transferencia en especie. Consiste en la entrega de recursos en especie para garantizar el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, con enfoque de derechos, y con participación de las economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina, familiar y comunitaria.
PARÁGRAFO PRIMERO. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
tendrá la facultad de diseñar, definir, regular, ejecutar, realizar seguimiento y evaluación a los programas del sistema, así como reglamentar su operación,
funcionamiento, criterios de ingreso, permanencia y salida, así como la concurrencia que pueda existir con los diferentes programas que administra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de acuerdo con las prioridades del Plan
Nacional de Desarrollo, los objetivos en términos de superación de pobreza, los lineamientos del Gobierno nacional y los que determine la Mesa de Equidad.
En todo caso el sistema de transferencias monetarias propenderá por la focalización adecuada de las diferentes modalidades del sistema, con el propósito de reducir la pobreza y la desigualdad de los ingresos.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El sistema de transferencias contará con un acompañamiento que promueva el fortalecimiento de capacidades y el acceso prioritario y preferente a la oferta social del Estado, de conformidad con las necesidades de los participantes de los programas en los términos que defina el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
PARÁGRAFO TERCERO. El Gobierno nacional proveerá anualmente los recursos para atender los costos de los programas del Sistema de Transferencias, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
ARTÍCULO 52. CREACIÓN DEL PROGRAMA DE RENTA CIUDADANA.
A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, créese el programa de renta ciudadana, el cual armonizará los programas de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS-.
La Renta Ciudadana estará a cargo del DPS, hará parte del Sistema de Transferencias y consistirá en la entrega de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas de manera gradual y progresiva a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socioeconómica, con la finalidad de aportar a la superación de la pobreza y promover la movilidad social.
Los recursos para la ejecución de este programa deberán estar de acuerdo con las
disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de
Gasto de Mediano Plazo.
PARÁGRAFO PRIMERO. La focalización, montos, criterios de ingreso y permanencia
serán puestos en consideración de la Mesa de Equidad o quien haga sus veces.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. El Departamento Administrativo para la Prosperidad
Social -DPS- contará hasta el 31 de diciembre de 2023 para definir, reglamentar, e
implementar la armonización de los programas de transferencias monetarias
existentes.
Los beneficiarios de los programas actuales continuarán recibiendo los beneficios durante este proceso.
ARTÍCULO 53. CREACIÓN DE LA TRANSFERENCIA EN ESPECIE “HAMBRE
CERO”.
Créase la transferencia en especie “hambre cero” que hará parte del Sistema
de Transferencias, la cual estará a cargo del Departamento Administrativo para la
Prosperidad Social, que consiste en la entrega de recursos en especie para garantizar
el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza
extrema, con enfoque de derechos, soberanía alimentaria, participación de las
economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina, familiar y comunitaria.
Los recursos para la ejecución de esta transferencia deberán estar de acuerdo con las
disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de
Gasto de Mediano Plazo.
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social reglamentará su operación
y funcionamiento.
ARTÍCULO 53. CREACIÓN DE LA TRANSFERENCIA EN ESPECIE “HAMBRE
CERO”.
Créase la transferencia en especie “hambre cero” que hará parte del Sistema de Transferencias, la cual estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, que consiste en la entrega de recursos en especie para garantizar el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, con enfoque de derechos, soberanía alimentaria, participación de las economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina, familiar y comunitaria.
Los recursos para la ejecución de esta transferencia deberán estar de acuerdo con las
disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social reglamentará su operación y funcionamiento.
ARTÍCULO 54. TRANSFERENCIAS MONETARIAS A TRAVÉS DE SISTEMAS DE
PAGOS.
Con el propósito de promover la competencia y la inclusión financiera en la población de menores ingresos, el Gobierno nacional podrá establecer las
condiciones, productos y canales a través de los cuales se realizará la entrega de las transferencias monetarias.
Se podrá efectuar la transferencia monetaria, sin que medie contratación con la entidad financiera o el operador de pago designado. Los beneficiarios podrán elegir e informar al operador del programa social correspondiente el canal o producto financiero digital a través del cual recibirá el pago de los recursos.
Ahora, más adelante les traeremos más detalles, de este nuevo programa que implementará el Gobierno del Presidente Gustavo petro, La Renta Ciudadana.
Términos de tiempo para ejecutarse el PND:

El Plan De La Gente “Colombia Potencia Mundial de la vida”
Por lo tanto, quedo oficialmente radicado ante el congreso de la república, el proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, Paz total, Justicia social y Justicia Económica, las bases para hacer de Colombia, una Potencia Mundial de la Vida.
Por consiguiente, un documento inspirado por miles de colombianas y colombianos que contiene una mirada estratégica de país, de eso se trata la democracia participativa.
Ayer, inició un nuevo capitulo para el país, en el que se espera superar las injusticias y exclusiones históricas a nivel económico social y ambiental.
El Plan De La Gente tiene un valor agregado porque por primera vez en Colombia es construido por todas y todos, es el trabajo de 51 Diálogos Regionales que incluyeron zonas a donde el Gobierno Nacional no había llegado. Hoy el PND 2022 – 2026 ya es una realidad.
Asimismo, se llevo a cabo, este acto entre la Plaza de Armas de la Casa de Nariño y la Plaza Núñez del Capitolio Nacional, en Bogotá, se presentó el articulado de la iniciativa construida desde los territorios con la participación de más de 250.000 colombianos y colombianas en los Diálogos Regionales Vinculantes.
En ese sentido, más de 89.000 propuestas ciudadanas fueron entregadas por habitantes de más 1.100 municipios en 2.115 mesas temáticas.
Mensajes de las entidades del Gobierno, El Plan De La Gente:
El Plan Nacional de Desarrollo de Colombia potencia mundial de la vida, está construida para reconocer el valor de la vida en todas sus formas y garantizar el cuidado común.
Por lo cuál, el programa del Gobierno Del Cambio, propone que las transformaciones se realicen teniendo como punto de partida el territorio.
Con El Plan De La Gente se generarán mayores oportunidades de acceso a educación, salud, deporte y cultura. Se trabajará por disminuir las desigualdades con poblaciones como las mujeres, los grupos étnicos y las comunidades campesinas.
El Plan De La Gente está cimentado en la seguridad humana con el objetivo de la protección integral de la población, la provisión de servicios sociales sin dejar a nadie atrás, y el acceso a la justicia centrado en las personas, comunidades y territorios.
De manera, que con El Plan De La Gente se garantizará el goce efectivo del derecho al deporte, la recreación y la actividad física de manera gradual y diferencial en el camino de consolidación de la Paz Total.
El Plan De La Gente es una construcción colectiva que incluye las ideas, propuestas y necesidades de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos, población indígena, afros, pueblo Rrom, entre otros. El Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 es un hito para la historia del país.