Colombia Mayor

Colombia Mayor: ¿Cuándo hay inscripciones y fechas de Pago?

“Colombia Mayor” es una iniciativa del Gobierno Nacional destinada a proporcionar un subsidio monetario a adultos mayores en situación de pobreza extrema y sin fuentes de ingreso. Para beneficiarse de este programa, es imprescindible realizar una inscripción, lo que permite al Gobierno asegurarse de asignar los recursos adecuados a quienes cumplan con los criterios determinados. Es importante mencionar que, durante octubre y noviembre, las inscripciones se pausaron a raíz de la temporada electoral y ante intentos de manipulación dirigidos a influir en el voto de potenciales beneficiarios y sus familias.

¿Están Suspendidas las inscripciones? ¿Cuándo las habilitan?

La directora regional del Tolima para el Departamento de la Prosperidad Social, Martha Alejandra Sánchez, recientemente declaró: “Queremos comunicar a la población y a los beneficiarios de nuestros programas que actualmente no estamos aceptando inscripciones para los programas de Tránsito a Renta Ciudadana, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y Devolución del IVA, debido a medidas de blindaje electoral”.

Como parte de estas precauciones, Prosperidad Social ha decidido pausar temporalmente las inscripciones y asignación de cupos para el programa Colombia Mayor en los ciclos 9 y 10, que corresponden a los meses de septiembre y octubre. Esta decisión se alinea con las próximas elecciones regionales programadas para el 29 de octubre de 2023.

Por ende, las oficinas encargadas del programa Colombia Mayor en municipios de todo el país no están aceptando documentación para nuevas inscripciones durante este lapso. Es vital que los adultos mayores interesados en el programa estén alerta y no se dejen engañar por quienes ofrecen inscripciones a cambio de compromisos electorales. Queremos recordar que el proceso de inscripción se retomará en noviembre de 2023, siendo siempre un trámite gratuito y sin interferencias políticas.

¿Cuáles son los requisitos para inscribirse?

  1. Nacionalidad colombiana.
  2. Residencia en el territorio nacional durante al menos los últimos diez años.
  3. Estar a tres años o menos de la edad de pensión por vejez (actualmente, 54 años para mujeres y 59 años para hombres).
  4. No contar con ingresos o rentas suficientes para mantenerse. Según el SISBÉN IV, esto incluye todos los niveles de los grupos A y B, y hasta el subgrupo C1 del grupo C.

¿Cuál es el monto entregado por el programa Colombia Mayor en octubre de 2023 y a cuántos beneficiarios alcanza?

Durante el 2023, el programa ha mantenido una constante entrega de 80.000 pesos colombianos mensuales a sus beneficiarios. Sin embargo, en Bogotá, la Alcaldía Mayor ha implementado un incentivo adicional, aportando 50.000 pesos colombianos adicionales, elevando el monto total a 130.000 pesos colombianos por mes para los residentes de la capital.

El proceso de pago se lleva a cabo a través de los puntos SuperGiros y sus corresponsales en todo el país, siendo estos responsables de distribuir los fondos provistos por el Departamento para la Prosperidad Social.

Es importante mencionar que actualmente en el Congreso de la República se debate un proyecto de reforma pensional. Esta propuesta busca beneficiar al programa Colombia Mayor, incrementando la asignación mensual hasta 223.000 pesos. Sin embargo, este proyecto aún no ha sido ratificado ni sancionado por el presidente Gustavo Petro. Estaremos atentos en los próximos meses para informar sobre su eventual aprobación.

Criterios de Priorización en el Programa para Adultos Mayores

Los siguientes son los criterios considerados para priorizar a los beneficiarios:

  1. Edad del Aspirante: Se considera la edad del adulto mayor al momento de la solicitud.
  2. Puntaje del SISBÉN: Se toma en cuenta el puntaje obtenido en el SISBÉN o en el listado censal.
  3. Discapacidad del Aspirante: Se da prioridad a quienes presentan minusvalías o discapacidades, ya sean físicas o mentales.
  4. Dependientes del Aspirante: Se considera el número de personas que están a cargo del solicitante.
  5. Independencia Económica: Se prioriza a los adultos mayores que viven solos y no tienen dependencia económica de terceros.
  6. Pérdida del Subsidio Pensional: Se considera a aquellos que, al alcanzar los 65 años, perdieron el subsidio al aporte en pensión y no cuentan con medios para seguir aportando al sistema. Especialmente si al beneficiario le faltan un máximo de 100 semanas de cotización.
  7. Pérdida de Subsidio por Cambio de Residencia: Aquellos que perdieron el subsidio debido a un traslado a otro municipio.
  8. Fecha de Solicitud: Se tiene en cuenta el momento en que se realiza la solicitud de inscripción al programa en el municipio correspondiente.

Estos criterios están diseñados para garantizar que el programa atienda, en primer lugar, a aquellos adultos mayores en condiciones de mayor vulnerabilidad.

Wintor ABC Informa: Hoy compartimos información vital sobre este programa que busca beneficiar a nuestros abuelitos. Te invito a seguirme en mis redes sociales para mantenerte al día con las últimas novedades.

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