La Renta Básica Solidaria, prevista dentro del Pilar Solidario de la reforma pensional, marca uno de los cambios más significativos en la protección social para las personas mayores en Colombia.
Aunque su puesta en marcha depende del visto bueno por parte del Corte Constitucional de la reforma pensioanl, el Gobierno ya activó mecanismos de búsqueda, preinscripción y orientación ciudadana, anticipando lo que será un sistema más amplio y con mayor cobertura para quienes hoy carecen de una pensión.
De acuerdo con el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), más de tres millones de adultos mayores recibirían el primer giro entre el 17 y el 31 de diciembre de 2025. Cerca de 1,4 millones serían nuevos beneficiarios, muchos de ellos integrándose, de manera transitoria, al esquema de Colombia Mayor mientras se armoniza el nuevo modelo.
¿Qué es el Pilar Solidario y a quién beneficia?
El Pilar Solidario, administrado por Prosperidad Social, es una estrategia estatal diseñada para garantizar una renta mensual a personas mayores que no cuentan con pensión y que se encuentran en condiciones de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad. La renta proyectada alcanza los 230.000 pesos mensuales, un apoyo que busca aliviar la falta de ingresos en la vejez y reducir brechas históricas entre poblaciones vulnerables.
Este programa no elimina el actual Colombia Mayor, por el contrario, lo reemplazará gradualmente, respetando los beneficios de quienes ya reciben ese subsidio. Además, la Ley 2381 de 2024, que le da sustento jurídico, establece criterios de ingreso claros y prioriza a comunidades rurales, indígenas, afrodescendientes, campesinas y personas cuidadoras sin ingresos.
Requisitos para acceder a la Renta Básica Solidaria
Para ser considerado como potencial beneficiario, el ciudadano debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano y haber residido en el país durante al menos 10 años
La norma exige acreditar una residencia continua de diez años previos a la solicitud. Esto se valida mediante documentos, registros administrativos o declaraciones oficiales.
- Estar clasificado en pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad
Los criterios se definen con base en los registros sociales del Estado, evaluados directamente por Prosperidad Social. Aquí entran factores como nivel socioeconómico, composición del hogar y estado de ingresos.
- Cumplir con la edad mínima
- El programa tiene dos rangos:
- Hombres de 65 años o más
- Mujeres de 60 años o más
- En caso de personas con discapacidad certificada con pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %:
- Hombres desde 55 años
- Mujeres desde 50 años
- No tener pensión
Ningún solicitante puede estar vinculado a un régimen pensional existente. La Renta Básica Solidaria está destinada exclusivamente a quienes no lograron consolidar una pensión debido a condiciones económicas o laborales.
Otros criterios de focalización
La ley contempla condiciones adicionales que pueden influir en la priorización, como:
- Hogares rurales y dispersos
- Poblaciones indígenas o afro
- Personas dedicadas históricamente al cuidado no remunerado
- Territorios con altos índices de pobreza multidimensional
- Mientras la suspensión judicial esté vigente, no habrá pagos inmediatos, aunque sí se permiten procesos previos de identificación e inscripción.
- Cómo inscribirse: modalidades virtual y presencial
Es importante recalcar que la inscripción es gratuita, no requiere gestores ni tramitadores, y cualquier persona que cobre por “agilizar” el proceso está cometiendo una estafa.
Inscripción virtual
Los aspirantes pueden realizarla directamente a través del portal oficial de Prosperidad Social:
- Inscripción virtual: https://www.prosperidadsocial.gov.co/
- Inscripción presencial
- Quienes prefieran o necesiten atención directa pueden acudir a:
- Direcciones regionales del DPS
- Alcaldías municipales (cuando habiliten apoyo territorial)
- Puntos de atención ciudadana autorizados
- Datos solicitados durante la inscripción
El formulario, tanto virtual como presencial, incluye información básica y verificable del ciudadano:
- Nombre completo y tipo de documento
- Fecha de nacimiento y fecha de expedición del documento
- Dirección, barrio y municipio de residencia
- Confirmación de si recibe o no una pensión
- Historial de residencia en Colombia
- Información sobre discapacidad, si aplica
- Datos socioeconómicos que permiten determinar la clasificación en pobreza o vulnerabilidad
En algunas regiones, Prosperidad Social podrá pedir documentación complementaria para validar información o verificar condiciones específicas.
Canales oficiales del DPS para consultas
El Departamento para la Prosperidad Social mantiene habilitados los siguientes canales de contacto para orientación y seguimiento:
Correo principal: [email protected]
Línea gratuita nacional: 01-8000-95-1100
Línea desde celular: 601 379 1088
WhatsApp oficial: 318 806 7329
Canal anticorrupción: [email protected]
Horario de correspondencia: lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Además, en su sitio web se encuentra el formulario de PQRSD, donde los ciudadanos pueden radicar solicitudes, quejas o reclamos.
Recomendaciones clave para los ciudadanos
- Para evitar fraudes y confusiones, se sugiere tener en cuenta lo siguiente:
- No pague por inscribirse. El proceso es totalmente gratuito.
- Verifique siempre la información en los canales oficiales del DPS.
- Conserve los comprobantes de inscripción o radicación.
- Evite crear expectativas de pago mientras la Corte Constitucional mantenga la suspensión.
La Renta Básica Solidaria representa un paso decisivo para ampliar la protección social de las personas mayores en Colombia. Aunque su implementación depende de decisiones judiciales, estar informado y cumplir con los requisitos permitirá que cada ciudadano esté preparado para acceder al beneficio cuando sea habilitado oficialmente.

