Ingreso Mínimo Garantizado

¿Cómo acceder al Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado 2023, Grupo A y B del Sisbén?

Ingreso Mínimo Garantizado en Septiembre

En medio de las adversidades económicas actuales, numerosos hogares pobres y vulnerables desconocen cómo verificar su elegibilidad para el Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá. Aquí te guiaré en cómo hacerlo.

¿Cuáles son los requisitos?

La Secretaría de Integración Social lidera la gestión y operatividad de esta estrategia. Han establecido ciertos criterios para determinar qué hogares pueden beneficiarse de esta ayuda económica:

  1. Estar registrado en el Sisbén IV, específicamente en los grupos A o B, dentro de Bogotá.
  2. No estar vinculado a otros programas de transferencias monetarias del Gobierno Nacional, tales como Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor o Tránsito a Renta Ciudadana.
  3. Poseer una cuenta activa en alguna de las siguientes entidades financieras: Daviplata, Nequi, Bancolombia a la Mano, MOVii, Powwi o Dale.

La cuantía que se entrega varía según las necesidades de cada familia y su composición, con montos que van desde $300,000 hasta $740,000.

Si cumples con estos criterios, podrías ser elegible para recibir este apoyo económico vital en estos tiempos difíciles.

Consulta sobre el Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá

¿Cómo y dónde puedo verificar si soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado y obtener detalles sobre los pagos? Puede consultar su condición de beneficiario y todos los detalles relacionados visitando una subdirección local de integración social. Proporcionan información sobre los meses en los que se ha recibido el beneficio, a qué miembro de la familia se le ha enviado y a través de cuál entidad financiera. Para localizar el punto de atención más cercano a usted, consulte el siguiente enlace: Puntos de Atención al Ciudadano.

¿Por qué algunas familias no acceden al Ingreso Mínimo Garantizado?

Existen varios motivos:

  • No cumplen con los criterios establecidos, como estar clasificado en los grupos A o B del Sisbén IV.
  • No tener una cuenta activa en entidades como Davivienda (Daviplata), Bancolombia (Ahorro a la Mano – ALM y Nequi), MOVii, Banco de Occidente (Dale) o Powwi.

Además, el Distrito verifica si el hogar ya está beneficiándose de otros programas sociales, tanto nacionales como distritales. Si un hogar ya recibe un subsidio que cubre el monto total del Ingreso Mínimo Garantizado, no se otorgarán pagos adicionales. Esto se debe a la estrategia de la Alcaldía de Bogotá, que busca complementar otros subsidios, garantizando una distribución de recursos más equitativa.

Consulta si eres Beneficiario del IMG con tu Cédula

¿Quieres verificar si tu hogar es beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)? Es sencillo y puedes hacerlo en línea con tu cédula en mano. Aquí te presentamos los pasos:

  1. Ingresa al Sitio Oficial: Ve a la página oficial del IMG en este enlace.
  2. Localiza la Consulta Virtual: Desplázate por la página hasta que encuentres la sección de consulta virtual.
  3. Completa el Formulario: Introduce tus datos básicos, incluyendo el tipo y número de documento de identidad, así como la fecha de expedición.
  4. Datos del Titular: Asegúrate de ingresar la información del titular que está inscrito en el programa.
  5. Haz la Consulta: Haz clic en el botón “Buscar” para revisar si existen pagos asignados a tu nombre.

Si tu hogar está en la lista de beneficiarios, el incentivo será depositado en la cuenta o billetera digital que hayas registrado en el programa. ¡Así de simple!

Consulta sobre Subsidios Monetarios Retroactivos

¿Se me otorgarán las ayudas económicas que no recibí en pagos anteriores? Lamentablemente, las transferencias no son retroactivas. Si en meses previos no se recibió la ayuda, se debió a que no se cumplieron los criterios de elegibilidad del programa. En consecuencia, solo se accederá a los pagos futuros, siempre y cuando se satisfagan los requisitos establecidos.

Es importante añadir que si, por alguna razón excepcional, se efectuó un pago al hogar a través de un giro y este no fue reclamado dentro de los 30 días siguientes a su disponibilidad, esos fondos serán revertidos al Distrito y el beneficiario no podrá recuperarlos posteriormente.