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En Colombia, la actual crisis económica ha impactado a numerosos hogares, dejando una creciente necesidad de asistencia financiera. Para abordar esta situación, se ha establecido el Programa de Compensación del IVA.
Este programa otorga transferencias monetarias no condicionadas a hogares que se encuentran en condiciones de pobreza o pobreza extrema, siguiendo los criterios y lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional a través de la Mesa de Equidad y acorde con la disponibilidad presupuestal del período vigente.
El monto de la compensación se determina con base en el promedio del IVA que los hogares de menores ingresos abonan, con el propósito de reforzar sus recursos para la compra de bienes y servicios esenciales, buscando así mejorar su calidad de vida.
Criterios de Elegibilidad: ¿Calificas para la Devolución del IVA en Colombia?
La selección de beneficiarios para el Programa Compensación del IVA se determina, en términos generales, a través de los siguientes criterios: Se consideran hogares focalizados aquellos que para la vigencia 2021 están registrados en los grupos A y B del Sisbén con fecha de corte del 4 de julio.
Los hogares que, conforme a la información en el Sisbén IV, están registrados en los grupos A y B y participan en otros programas sociales del Estado también son tomados en cuenta, siguiendo lineamientos específicos para maximizar el impacto en la reducción de la pobreza.
Incluso los hogares categorizados en el grupo A según Sisbén IV, que no participan en ningún otro programa o no reciben auxilios de transferencias monetarias, son evaluados.
Es fundamental destacar que no todos los hogares que cumplen con las condiciones mencionadas resultan beneficiarios del Programa Compensación del IVA. La selección final se realiza basándose en un análisis del nivel de vulnerabilidad de los hogares y la disponibilidad de recursos, con un límite para dos (2) millones de hogares.
Cabe mencionar que el programa no realiza convocatorias públicas ni posee una fase de inscripción. La focalización realizada por el Gobierno Nacional constituye el único procedimiento para la selección de beneficiarios.
Estados de Elegibilidad en el Programa de Compensación del IVA
1. Hogar Registrado: Es aquel que ha sido identificado y seleccionado como posible beneficiario del programa de Compensación del IVA. Cumplen con los criterios establecidos por Prosperidad Social y son añadidos al Sistema de Información del Programa con un código único. Es esencial comprender que ser un hogar registrado no garantiza ser un beneficiario directo, conforme al artículo 2°, numeral 2.8.3 de la normativa pertinente.
2. Hogar No Elegible: A pesar de estar registrado en el sistema, este hogar no satisface los criterios de elegibilidad estipulados en el artículo 11 de la resolución actual. Por lo tanto, no se considera en el proceso de liquidación para el ciclo operativo en cuestión.
3. Hogar Beneficiario: Este hogar satisface todos los criterios y no presenta condiciones de inelegibilidad. Es incorporado en el proceso de liquidación y programación para la asignación de fondos en el ciclo operativo vigente. Es crucial señalar que este estado puede ser reevaluado en ciclos operativos posteriores.
4. Hogar No Vigente: Se refiere a aquellos hogares que han violado alguna de las causas de ineligibilidad presentes en el artículo 12 de la resolución. Como resultado, se descartan como posibles beneficiarios y no se incluyen en los procesos de liquidación.
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Finalmente, es relevante destacar que Prosperidad Social, la entidad a cargo del programa de Devolución del IVA, ha anunciado que, a partir del lunes 4 de septiembre, los fondos de este programa estarán accesibles para 2 millones de hogares beneficiarios.
Verifica si Eres Beneficiario de la Devolución del IVA
Para determinar si eres elegible para la Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sigue estos pasos y consulta tu estado:
- Ingreso al Portal: Ingresa a la página oficial en devolucioniva.prosperidadsocial.gov.co.
- Búsqueda de Elegibilidad: Haz clic en el enlace “consulte aquí si es beneficiario”.
- Ingreso de Datos: Una ventana emergente te solicitará que introduzcas tu número de cédula.
- Revisión de Resultados: Procede con la consulta y recibirás la información correspondiente para determinar si eres beneficiario del programa.
¿Dónde efectuar el retiro de la Devolución del IVA?
Puedes retirar la transferencia en Supergiros y en los establecimientos aliados que se encargan de distribuir el subsidio en todos los municipios del país. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el retiro solo se puede efectuar en el municipio o ciudad donde se ha programado el respectivo pago.
SuperGIROS se encarga de distribuir la compensación del IVA a nivel nacional. Además, ofrecen una herramienta en línea denominada “Ya llegó mi giro” para facilitar las consultas relacionadas.
Prosperidad Social ha comunicado que, a partir del próximo lunes 4 de septiembre, los fondos destinados al programa de Devolución del IVA estarán al alcance de 2 millones de hogares beneficiarios. Estos recursos abarcan los ciclos 1, 2 y 3 de 2023, así como los pagos pendientes correspondientes al ciclo de diciembre de 2022.
Los beneficiarios tendrán hasta el 24 de septiembre próximo para acceder a este pago. Para esta transferencia, la inversión realizada por la entidad asciende a 534.000 millones de pesos.
Criterios de Selección para el Programa de Compensación de IVA – 2023
Para determinar los beneficiarios en la primera entrega del Programa Compensación de IVA del 2023, se consideraron los siguientes aspectos:
Familias pertenecientes a “Familias en Acción Sisbén IV”, clasificadas en los grupos A y hasta B5. Es necesario que al menos un miembro de la familia esté en “Familias en Acción” en el momento de la identificación.
Miembros de “Colombia Mayor, Sisbén IV”, clasificados en el grupo A.
Evaluación por Sisbén IV: Hogares categorizados dentro de los grupos Sisbén IV A y B.
Adicionalmente, es crucial tener en cuenta:
Procedimiento de Focalización:
No hubo convocatoria pública ni inscripción previa. El Gobierno Nacional realiza la focalización mediante el Sisbén IV y/o el Registro Social de Hogares, siendo estos los únicos métodos de selección de potenciales beneficiarios y beneficiarios del programa.
Niveles de Pobreza:
Aunque cumplir con los criterios de pobreza y pobreza extrema según el Sisbén IV es un requisito, no asegura que se sea beneficiario. Simplemente califica al hogar como un potencial beneficiario.
Historial en el Programa:
Haber sido beneficiario o potencial beneficiario en ediciones anteriores del programa no garantiza la elegibilidad en futuros procesos de focalización. Ordenamiento y Disponibilidad: La elección de los beneficiarios en cada ciclo se basa en el nivel de vulnerabilidad y en la disponibilidad de fondos destinados para dos (2) millones de hogares.
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