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El Gobierno ha finalizado el borrador del decreto que reglamenta el programa Renta Wayuu, una iniciativa que beneficiará a 30.000 familias de la comunidad wayuu en La Guajira con una transferencia monetaria no condicionada. A través de Prosperidad Social, las familias recibirán un subsidio de $500.000 pesos. Se espera que los primeros pagos de esta renta básica comiencen en noviembre.
Laura Sarabia, la directora de Prosperidad Social, comunicó que ya han comenzado a recolectar la información de las familias indígenas que formarán parte de este programa. Enfatizó la importancia de este proyecto, declarando: “El presidente Gustavo Petro ha solicitado la elaboración de estrategias para que las familias, en su mayoría lideradas por mujeres, puedan adaptarse al nuevo modelo de renta ciudadana. Hizo hincapié en que este apoyo no debe ser temporal, sino que debemos brindar un acompañamiento integral, buscando su inclusión social, productiva y política”.
Transferencias monetarias – No condicionadas
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social utilizará una fuente de información especificada por el Gobierno Nacional para identificar a las comunidades wayuu beneficiarias de las transferencias monetarias no condicionadas. Dada esta situación, es esencial establecer regulaciones para la transferencia monetaria destinada a niños y niñas en primera infancia y madres gestantes de la comunidad Wayuu en La Guajira.
Este reglamento busca asegurar una operación efectiva de la transferencia, enfocándose en la eficiencia, anticipación, rapidez, eficacia y seguridad jurídica, con el fin de garantizar el respeto y realización de los derechos fundamentales de los beneficiarios.
Para elaborar la lista de posibles beneficiarios y evitar errores en la distribución de los fondos, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social definirá las fuentes de información y la metodología de focalización. Este proceso garantizará la precisión y calidad de la información recopilada.
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Fuentes de Información para Identificación de Beneficiarios
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social se apoyará en diversas bases de datos y fuentes de información para identificar, seleccionar y asignar la transferencia monetaria no condicionada estipulada en el Decreto Legislativo 1272 del 31 de julio de 2023. Las fuentes son:
a. Ministerio del Interior: Base de datos de censos indígenas y de autoridades indígenas, ya sean de origen departamental o municipal en La Guajira.
b. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): Bases de datos certificadas de participantes en programas, conforme al artículo 1 de la ley 2242 de 2022.
c. Ministerio de Salud y Protección Social: Bases de datos generales, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social del Estado (ADRES), Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), plataforma (PISIS) y Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLDCP).
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d. Comunidades del Pueblo Wayuu: Autocensos certificados por sus autoridades en La Guajira.
e. Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas: Bases de datos certificadas.
f. Departamento Administrativo para la Prosperidad Social: Base de Datos RUFI.
g. Registraduría Nacional del Estado Civil: Base de datos de identificación.
h. Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP).
i. DNP: Base de datos Sisbén IV y Registro Social de Hogares.
j. Otras bases de datos y fuentes certificadas que faciliten al Departamento la identificación, selección y asignación de la transferencia monetaria no condicionada.
Este esquema ordenado y simplificado facilita la comprensión y referencia a las diferentes fuentes de información.
Criterios de Inelegibilidad para la Transferencia Monetaria
Las familias Wayuu que se ajusten a los siguientes criterios, basados en las fuentes de información y bases de datos del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, no serán consideradas elegibles para recibir la transferencia monetaria estipulada en el Decreto Legislativo 1272 del 2023:
a. Fallecimiento Reportado: Si se registra el fallecimiento del niño o niña en primera infancia, la madre gestante o el titular de la unidad de intervención según bases de datos como la Registraduría Nacional del Estado Civil, RUAF, SISPRO- PISIS, SISBÉN, Registro Social de Hogares, entre otras.
b. Inconsistencias Documentales: Divergencias en el documento de identidad registrado del niño o niña en primera infancia, de la madre gestante o del titular con respecto a bases de datos oficiales. Las inconsistencias incluyen diferencias en nombres, apellidos, fechas de nacimiento, lugar de expedición del documento, entre otros. Las bases de datos de referencia incluyen la Registraduría Nacional del Estado Civil, SISBÉN y Registro Social de Hogares.
c. Registros Duplicados: Si el niño o niña en primera infancia, la madre gestante o el titular aparecen múltiples veces en el listado de potenciales beneficiarios preparado por el Departamento.
d. Situación Económica: Aquellas familias que superen el umbral establecido de pobreza.
e. Participación en Otros Programas: Las familias que ya estén incluidas en la liquidación de pagos del programa “Familias en Acción – Tránsito a Renta Ciudadana”.
Estos criterios aseguran una asignación justa y precisa de los recursos destinados a las familias Wayuu.
¿Cómo verificar si eres beneficiario de la Renta Wayuu?
Prosperidad Social está otorgando un subsidio de 500 mil pesos y ha habilitado una plataforma para que los hogares verifiquen si recibirán este apoyo económico en noviembre. Puedes hacer la consulta de las siguientes maneras:
- Sitio Web Oficial: Accede a https://prosperidadsocial.gov.co/ y sigue las indicaciones para verificar tu elegibilidad.
- Líneas Telefónicas: Comunícate al 6013791088 o al 018000951100 para obtener información y confirmar si eres beneficiario del apoyo económico.
No dudes en aprovechar estos recursos para confirmar tu estatus y acceder a los beneficios disponibles.