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RUI y Sisbén IV: ¿qué cambia realmente y desde cuándo? Esto respondió el DNP sobre el Registro Universal de Ingresos

Transición del Sisbén al RUI - Encuestador del Sisbén en Colombia
Transición del Sisbén al RUI – Foto Crédito Sisbén Cúcuta

La conversación sobre el futuro del Sisbén IV volvió a encenderse en redes y grupos de WhatsApp: que “lo van a quitar”, que “en 2026 cambia todo”, que “si no me reencuesto pierdo el subsidio”.

Para despejar dudas, elevamos una petición formal y el Departamento Nacional de Planeación (DNP) respondió con un mensaje clave: sí existe una transición normativa hacia el Registro Universal de Ingresos (RUI), pero eso no significa que el Sisbén desaparezca de un día para otro.

Según la respuesta, el RUI fue creado por el artículo 70 de la Ley 2294 de 2023 y su transición fue reglamentada con el Decreto 875 de 2024.

En términos simples: el Gobierno definió un nuevo instrumento para focalizar subsidios y programas sociales con base en ingresos, y ese instrumento irá reemplazando gradualmente al Sisbén como referencia principal.

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Sin embargo, el propio DNP aclara que esto no implica la eliminación inmediata del Sisbén IV como sistema de información: seguirá operando mientras se implementa plenamente el RUI.

¿Es cierto que el Sisbén será reemplazado por el RUI?

Sí, pero con una precisión importante: lo que cambia es el “instrumento principal” de focalización. El DNP indica que existe una transición para que el RUI llegue a ser el único instrumento de focalización, pero en un proceso escalonado. En ese camino, el Sisbén IV continúa funcionando durante la transición.

Cronograma: fases y fechas que debe tener en el radar

El Decreto 875 de 2024 plantea tres fases:

1) Fase de acondicionamiento

Se enfoca en adecuaciones institucionales y tecnológicas. Incluye la transformación de las oficinas del Sisbén hacia oficinas de “gestión de información” y la organización del trabajo territorial con registros administrativos y autodeclaración.

2) Fase de desarrollo metodológico (2024–2025)

Aquí se construye el “corazón” del RUI: la metodología para estimar ingresos.

3) Fase de implementación (desde el segundo semestre de 2026)

A partir de esta etapa se adopta el RUI y su metodología como instrumento de focalización, y las entidades que administran subsidios deben ajustar criterios y definir cómo migran al uso del RUI.

Además, el DNP señala puntos de tiempo muy concretos: la información del RUI se usaría para diseño, focalización, seguimiento y evaluación de la oferta social desde el segundo trimestre de 2026, y la transición de la oferta social finalizaría después del segundo trimestre de 2026, momento desde el cual la definición de nuevos beneficiarios deberá basarse en el RUI.

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También se proyecta que en 2026 se deroguen capítulos reglamentarios del Sisbén en el Decreto 1082 de 2015, consolidando el paso normativo al RUI.

¿Qué pasará con los grupos A, B, C y D del Sisbén IV?

En el corto plazo, nada cambia para el ciudadano por el simple anuncio. El DNP es claro: mientras se completa la implementación, los grupos A, B, C y D del Sisbén IV siguen vigentes y pueden seguir siendo usados por las entidades que hoy focalizan su oferta con esa clasificación.

La diferencia es que, con la adopción plena del RUI, la focalización de nuevos beneficiarios deberá basarse en la clasificación de ingresos del RUI, y no en los grupos del Sisbén.

Y aquí hay un dato que frena muchos rumores: por ahora no existe una equivalencia oficial “uno a uno” entre los grupos del Sisbén y la clasificación del RUI. Si se requieren tablas o lineamientos, se definirán por programa y se comunicarán mediante actos administrativos de las entidades responsables.

¿Cómo impacta esto a Renta Ciudadana, Devolución del IVA, Colombia Mayor y Renta Joven?

El DNP explica un punto que conviene repetir con claridad: el RUI es “neutral frente a la oferta social”. En otras palabras, el RUI no decide quién entra o sale de un programa; entrega una clasificación de ingresos que las entidades usarán como criterio para focalizar.

Así, las decisiones de ingreso, permanencia o salida seguirán siendo competencia de cada programa, con sus reglas propias. En la práctica, durante la transición los programas podrán seguir usando el Sisbén IV mientras ajustan su normativa para incorporar el RUI, y el RUI empezará a usarse de manera complementaria según el avance técnico y normativo de cada entidad.

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Desde el segundo semestre de 2026, para nuevos beneficiarios, el RUI debe convertirse en criterio principal; y para quienes ya reciben un apoyo, el cambio no implica pérdida automática: cada programa deberá definir su esquema de transición y comunicarlo formalmente.

¿Los hogares deben hacer trámites para “pasarse” al RUI?

La respuesta del DNP busca calmar otra preocupación frecuente: no se plantea un trámite masivo para “migrar” ni una reencuesta automática por el solo hecho de la transición.

Lo que sí cambia es la forma de capturar y actualizar la información: cuando no exista información completa o actualizada en los registros que alimentan el Registro Social de Hogares, las personas deberán realizar una autodeclaración de su información socioeconómica por lo menos una vez al año, por los canales que defina el DNP.

En paralelo, las oficinas locales evolucionan hacia una lógica de “Ventanilla Única” del Registro Social de Hogares, donde la ciudadanía podría actualizar información, recibir orientación y postularse a la oferta social.

¿Dónde se consultará? Sisbén en su fase final y RUI

Mientras el Sisbén siga vigente y durante la transición, se mantendrán los canales actuales: el Portal Ciudadano del Sisbén IV y las oficinas locales. Para el RUI, la normativa exige que sea simple, accesible e interoperable, apoyado en herramientas tecnológicas.

Por eso se prevé que la consulta se haga mediante canales digitales articulados al Registro Social de Hogares y mediante puntos presenciales tipo Ventanilla Única en municipios y distritos.

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Los detalles operativos (enlaces, pasos, requisitos) se divulgarán oportunamente por el DNP y por cada entidad, dentro de sus actos de transición.

Recomendación final para los hogares

Con esta respuesta, el mensaje de fondo es directo: en 2025 y buena parte de 2026 el Sisbén IV seguirá siendo una referencia vigente para muchos programas.

Lo que viene es una transición progresiva hacia un modelo basado en ingresos (RUI), con ajustes por fases y con reglas específicas que deberán publicar las entidades de cada subsidio.

Por ahora, lo más importante es mantener los datos actualizados, estar atentos a la pedagogía oficial del DNP y verificar la información en canales institucionales cuando se anuncien cambios formales.

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