Copagos en el Régimen Subsidiado: ¿le cobran por su nueva clasificación del RUI? Esto advirtió Sincelejo.
Si pertenece al Régimen Subsidiado y después de consultar el Registro Universal de Ingresos (RUI) encontró una clasificación diferente, esta información puede ser importante antes de realizar un nuevo pago por sus servicios de salud.
La Alcaldía de Sincelejo lanzó una alerta dirigida a los usuarios que aseguran estar recibiendo cobros de copagos después del cambio mostrado en el RUI.
En un video institucional publicado el 1 de septiembre de 2026, la administración municipal explicó qué deben revisar las personas afiliadas al Régimen Subsidiado que encontraron una clasificación diferente durante este periodo de transición.
“El caso ha llamado la atención porque algunos hogares han encontrado diferencias entre la clasificación que tenían en el Sisbén IV y la nueva información que aparece en el RUI.”
Tabla de Contenido
¿Qué dijo la Alcaldía de Sincelejo sobre los copagos?
En un video institucional publicado el 1 de septiembre de 2026, la Alcaldía de Sincelejo se dirigió directamente a los usuarios del Régimen Subsidiado que registraron un cambio en su clasificación después de la llegada del RUI.
De acuerdo con la información entregada por la administración municipal, durante este periodo de transición no debería generarse un cobro de copago únicamente porque el ciudadano aparece ahora con una clasificación superior en el RUI.
La Alcaldía pidió revisar dentro de la Ventanilla Social el apartado que muestra la clasificación correspondiente al Sisbén.
Para los usuarios de Sincelejo, la administración señaló que quienes figuren dentro del rango A1 a B7 del Sisbén IV se encuentran exentos de copagos y pidió reportar los casos en los que se esté realizando un cobro contrario a esta condición.
Esta referencia coincide con la clasificación definida para el Régimen Subsidiado mediante la Resolución 1870 de 2021. Allí se estableció que el nivel 1 corresponde a los grupos A1 hasta B7, mientras que el nivel 2 comprende los grupos C1 hasta C18.
¿El RUI ya está vigente o sigue en transición?
Aquí es importante hacer una aclaración para evitar confusiones.
El Registro Universal de Ingresos sí entró en operación desde el 1 de agosto de 2026 como nuevo instrumento de focalización de la oferta social.
Esto no significa que todos los cambios deban aplicarse de manera inmediata a las personas que anteriormente estaban identificadas mediante el Sisbén.
El Decreto 662 de 2026 estableció que los beneficiarios y potenciales beneficiarios que al 31 de julio de 2026 estaban identificados o focalizados mediante el Sisbén tendrán un periodo para finalizar su transición al RUI hasta el 31 de octubre de 2026.
El Departamento Nacional de Planeación ha explicado esta misma condición: el RUI comenzó a operar el 1 de agosto, mientras que las personas que ya venían identificadas por el Sisbén cuentan con este periodo de transición.
Por esta razón, encontrar una clasificación diferente en el RUI no quiere decir por sí solo que desde ese momento cambien automáticamente todas las condiciones que tenía una persona en un programa o servicio.
Cada entidad responsable debe definir cómo realizará ese paso al nuevo sistema, cuáles serán sus fechas y las condiciones que tendrá en cuenta durante la transición.
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¿Qué clasificación debe revisar el usuario en la Ventanilla Social?
Este punto es clave porque una persona puede encontrar información diferente dentro de la misma plataforma.
Durante la transición, la Ventanilla Social permite consultar información relacionada con el RUI y datos provenientes del Sisbén IV.
La Alcaldía de Sincelejo pidió a los usuarios del Régimen Subsidiado revisar específicamente el parámetro donde aparece su clasificación del Sisbén.
Por ejemplo, una persona podría encontrar una nueva posición dentro del RUI y, al mismo tiempo, conservar visible la clasificación del Sisbén IV que tenía registrada antes de iniciar la transición.
La plataforma oficial de la Ventanilla Social integra información del Sisbén IV, el Registro Social de Hogares y el Registro Universal de Ingresos.
Por eso es importante identificar de qué clasificación se está hablando antes de asumir que existe un nuevo cobro.
¿Quiénes están exentos de copagos en el Régimen Subsidiado?
Para no confundir este nuevo pronunciamiento con las reglas generales del sistema de salud, hay que separar los dos temas.
La Resolución 1870 de 2021 estableció estos niveles para el Sisbén IV:
| Nivel | Clasificación Sisbén IV |
|---|---|
| Nivel 1 | A1 a B7 |
| Nivel 2 | C1 a C18 |
La norma señala que el pago de copagos se realiza de acuerdo con la clasificación de la última encuesta del Sisbén que tenga registrada el afiliado.
Además, el Ministerio de Salud informa para 2026 que las personas del nivel 1 del Sisbén, grupos A y B, no pagan copagos dentro del Régimen Subsidiado. Para el nivel 2 existen reglas diferentes de cobro.
Wintor ABC ya explicó ampliamente quién podría pagar, cómo funcionan los grupos y qué ocurre cuando una persona encuentra una clasificación diferente.
Información relacionada: ¿Una nueva clasificación en el RUI podría hacer que tenga que pagar salud?
De esta manera, este nuevo artículo no cambia las reglas explicadas anteriormente. La novedad es el pronunciamiento de Sincelejo frente a cobros que estarían tomando como referencia el nuevo resultado del RUI durante el periodo de transición.
¿Qué hacer si le están cobrando por el cambio del RUI?
Si un usuario del Régimen Subsidiado en Sincelejo nota que antes estaba exento y ahora le están solicitando un copago después del cambio de clasificación, puede seguir estos pasos:
- Ingresar a la Ventanilla Social.
- Revisar cuidadosamente la información del hogar.
- Identificar la clasificación correspondiente al Sisbén IV.
- Verificar si aparece dentro de los grupos señalados por la Alcaldía.
- Solicitar información sobre la razón del cobro antes de realizar el pago.
- Si el cobro se está realizando en Sincelejo con base en la nueva clasificación del RUI, acudir a los canales de atención anunciados por la administración municipal para presentar el caso.
Es recomendable guardar el reporte o certificado disponible en la Ventanilla Social, ya que permite consultar la información que aparece asociada al ciudadano.
La administración municipal pidió denunciar estos cobros para que cada caso pueda ser revisado.
Puede consultar aquí: Habilitan consulta rápida del puntaje RUI en la Ventanilla Social desde tu celular
¿Esta aclaración de Sincelejo aplica para todo Colombia?
No se debe interpretar de esa manera.
El Decreto 662 de 2026 sí tiene alcance nacional y establece el periodo general de transición hasta el 31 de octubre para las personas que venían focalizadas mediante el Sisbén.
Sin embargo, la advertencia sobre los cobros presentada en este artículo corresponde específicamente a una información divulgada por la Alcaldía de Sincelejo para los usuarios de ese municipio.
Por eso Wintor ABC recomienda no asumir que un video publicado por una administración municipal establece por sí mismo el procedimiento que deberán aplicar todas las EPS, IPS o entidades territoriales del país.
Lo importante es que cada usuario revise qué clasificación tiene registrada, conozca qué información está siendo utilizada para el cobro y consulte a la entidad correspondiente cuando encuentre una diferencia.
¿Dónde consultar la clasificación del Sisbén y el RUI?
La consulta oficial puede realizarse desde la Ventanilla Social del Departamento Nacional de Planeación.
Esta plataforma reúne información relacionada con el Registro Social de Hogares, el Sisbén y el nuevo Registro Universal de Ingresos.
Los hogares que hayan encontrado cambios no deben apresurarse a sacar conclusiones únicamente por la nueva clasificación.
Durante este periodo será importante revisar cada caso, especialmente cuando el resultado tenga efectos sobre servicios de salud, subsidios u otros programas sociales.
Importante
La información presentada por la Alcaldía de Sincelejo abre una alerta relevante para los usuarios del Régimen Subsidiado, pero debe entenderse dentro del proceso de transición que vive actualmente el país.
El RUI ya está funcionando, mientras que las personas que venían identificadas con el Sisbén cuentan con una etapa de transición establecida hasta el 31 de octubre de 2026.
Si aparece un cobro nuevo de salud después del cambio de clasificación, el ciudadano debe revisar primero qué información está siendo tomada como referencia y solicitar una explicación ante la entidad correspondiente.
Fuente principal: información divulgada por la Alcaldía de Sincelejo el 1 de septiembre de 2026.
Fuentes normativas: Decreto 662 de 2026, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Salud y Protección Social y Resolución 1870 de 2021.
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