La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) estableció los valores del apoyo económico destinado a contribuir con una solución temporal de vivienda para los hogares damnificados directos del sismo del 10 de agosto de 2026.
De acuerdo con la Resolución 0765 del 26 de agosto de 2026, el valor que recibirá cada hogar dependerá de la categoría del municipio donde se encuentre registrado y certificado como damnificado.
La entidad definió tres rangos de pago, los cuales corresponden a un porcentaje del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).
Tabla de Contenido
¿Cuánto dinero recibirán los damnificados según su municipio?
La UNGRD no publicó en la Resolución 0765 un listado individual de municipios con el valor asignado. El monto dependerá de la categoría municipal donde esté registrado cada hogar damnificado y será verificado antes de aprobar el apoyo económico.
El valor del apoyo económico quedó establecido de acuerdo con la categoría municipal verificada por la UNGRD.
La tabla definida es la siguiente: Valores del apoyo económico para damnificados
| Categoría del municipio | Porcentaje del SMMLV | Valor mensual del apoyo |
|---|---|---|
| Categorías 1, 2 y distritos especiales | 60% | $1.050.543 |
| Categorías 3 y 4 | 50% | $875.452 |
| Categorías 5 y 6 | 45% | $787.907 |
Estos valores corresponden al apoyo económico mensual destinado a facilitar una solución temporal de vivienda para los hogares afectados.
¿Por qué el valor cambia según el municipio?
La UNGRD explicó que la cuantía del apoyo se determina con base en la categoría del municipio donde está registrado el hogar damnificado.
Para acceder al valor correspondiente, el municipio debe informar la categoría que le aplica dentro de la solicitud enviada a la entidad y entregar los documentos que permitan verificar esta información.
La categoría reportada será revisada por la UNGRD con las fuentes oficiales antes de aprobar el apoyo económico.
¿El pago se entrega por persona o por familia?
El reconocimiento económico será entregado por hogar beneficiario y no por cada integrante de la familia.
Esta medida busca evitar que una misma solución temporal de vivienda reciba varios apoyos económicos por parte del Estado.
Por esta razón, las familias damnificadas deben aparecer registradas y certificadas dentro del proceso correspondiente.
¿Quién solicita el apoyo económico para los damnificados?
El proceso inicia desde los municipios, ya que las autoridades locales deben reportar a los hogares afectados y solicitar el apoyo ante la UNGRD.
Cada alcaldía debe verificar la información de los damnificados directos y enviar la documentación requerida para que la entidad nacional revise y apruebe los recursos.
¿Cómo saber si una familia puede recibir esta ayuda?
Los hogares afectados por el terremoto deben verificar que estén incluidos en los registros oficiales de damnificados.
La certificación y registro del hogar será el punto de partida para que las autoridades puedan avanzar con el reconocimiento del apoyo económico.
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Fuente de información
Información tomada de la Resolución 0765 del 26 de agosto de 2026 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), mediante la cual se establece el procedimiento para el reconocimiento y pago del apoyo económico destinado a una solución temporal de vivienda para los damnificados directos del sismo del 10 de agosto de 2026.
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