Renta Ciudadana 2026: evite suspensiones, ¿qué beneficiarias deben firmar el acta de compromiso?.
La pregunta que muchas familias se hacen por estos días es clara: ¿quiénes deben firmar el acta de compromiso para evitar una suspensión?
La respuesta es importante, especialmente porque el proceso se acerca a su cierre y hay personas focalizadas para el Ciclo 2 de 2026.
¿Quiénes deben firmar el acta en 2026?
Deben firmar el acta las titulares que aparecen focalizadas en los listados vigentes y que aún no han realizado este trámite dentro del programa.
Esto aplica, principalmente, para nuevas beneficiarias o personas que fueron llamadas por el enlace municipal para completar la firma del documento.
Si una persona ya firmó anteriormente, no necesita repetir el proceso, porque la firma se realiza una sola vez por el programa.
Esto quiere decir que, aunque antes haya estado en Colombia sin Hambre y ahora aparezca en Valoración del Cuidado, no debe firmar nuevamente si ya cumplió.
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Fecha límite y requisito para hacer el trámite
Para las personas relacionadas en los listados territoriales, la fecha límite indicada es el 30 de junio de 2026.
Quienes tengan dudas deben acercarse a la oficina principal o al enlace municipal correspondiente para verificar su caso directamente.
El requisito básico para la atención presencial es presentar la cédula de ciudadanía original.
También se puede revisar el proceso virtual cuando el sistema habilita la opción desde el portal de la entidad.
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¿Qué pasa si no se firma a tiempo?
Quienes deben firmar el acta y no lo hacen dentro del plazo pueden quedar en estado suspendido.
Esa novedad puede impedir la continuidad de los pagos mientras el hogar no regularice su situación.
La firma del acta no es un simple formulario, sino un compromiso de permanencia dentro del programa.
Con este documento, el hogar acepta cumplir responsabilidades relacionadas con salud, educación, cuidado y bienestar.
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Corresponsabilidades: compromisos obligatorios y flexibles
Las corresponsabilidades incluyen compromisos de obligatorio cumplimiento y otros compromisos flexibles, respetando la autonomía de los hogares.
Estos deberes son necesarios para que las familias se mantengan en estado activo y continúen dentro del proceso.
El programa busca que los hogares priorizados no solo reciban transferencias monetarias, sino que también avancen en condiciones de bienestar.
Por eso, las titulares deben revisar su información y no dejar pasar las alertas publicadas por alcaldías o enlaces municipales.
Atención con las personas antiguas del programa
Algunas personas estuvieron en líneas anteriores, dejaron de recibir entregas y ahora aparecen nuevamente focalizadas.
En esos casos, la clave es verificar si ya habían firmado el documento en una etapa anterior.
Si ya firmaron, no deben volver a hacerlo; si nunca lo hicieron y aparecen llamadas en el listado, deben firmar el acta.
Esta aclaración evita confusiones, especialmente cuando cambian las líneas de atención o se anuncian nuevas fases.
Consulte siempre por canales seguros
Fuente del DPS: el Departamento para la Prosperidad Social recuerda que los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios.
El link oficial para consultar información institucional es la página principal: https://prosperidadsocial.gov.co/
No entregue documentos a desconocidos, no pague por formularios y confirme cualquier novedad directamente con la entidad o con el enlace autorizado.
Tampoco confunda este trámite con cambios de monederos bancarios, retiros o actualización de datos financieros.
En conclusión, deben firmar el acta las personas focalizadas que aún no han realizado este compromiso y aparecen llamadas para hacerlo.
Este paso ayuda a evitar suspensiones, conservar el estado activo y proteger la continuidad de los incentivos del programa.

